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[ACTUALIZACIÓN 19/02/2021]
REAPERTURA DE LA BIBLIOTECA DE LA RIOJA EL 22 DE FEBRERO DE 2021
Tras el período de suspensión del servicio decretado para contener la propagación de la infección por la Covid-19. la Biblioteca reabre sus puertas en las mismas condiciones que en la víspera del cierre el pasado 22 de enero de 2021
[ACTUALIZACIÓN 26/05/2020 08:30]
MEDIDAS Y PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN PARA LA REAPERTURA DE LA BIBLIOTECA DE LA RIOJA
Servicios presenciales
Servicios no presenciales
Horario de servicio al público
Fase 2
De lunes a domingo.
Mañana: 10:00 h. a 14:00 h.
Tarde: 17:00 h. a 20:00 h.
El servicio de vigilancia se prestará en el horario de apertura al público, con objeto de que lleve a cabo el control de las entradas y salidas y velar por el cumplimiento de las medidas de higiene.
Servicio de atención telefónica
[ACTUALIZACIÓN 09/05/2020 18:30]
Publicación en el BOE de la Orden del Ministerio de Sanidad con las condiciones para la reapertura al público de las bibliotecas en la FASE 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Las condiciones que afectan a la reapertura de la Red de Bibliotecas Públicas de La Rioja se detalla el capítulo VIII de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
La orden detalla también las medidas de higiene y/o de prevención en las bibliotecas en su artículo 24.
Antes de la reapertura al público de las bibliotecas, el responsable de cada una de ellas deberá adoptar las siguientes medidas en relación con las instalaciones:
a) Proceder a la limpieza y desinfección de las instalaciones, mobiliario y equipos de trabajo.
b) En las zonas de acceso y en los puntos de contacto con el público, se ubicarán dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.
c) Instalación de pantallas protectoras, mamparas o paneles de protección cuando proceda. Asimismo, deberán fijarse marcas en el suelo para indicar a las personas que se dirijan a los puestos de atención al público dónde tienen que colocarse para respetar la distancia mínima de seguridad.
d) Cerrar, panelar, instalar balizas, acordonar o instalar otros elementos de división para impedir el acceso a los usuarios a las zonas no habilitadas para la circulación de los usuarios.
e) Clausurar los ordenadores de uso público, catálogos de acceso público en línea y otros catálogos, que sólo podrá utilizar el personal de la biblioteca.
f) Habilitar un espacio en la biblioteca para depositar, durante al menos catorce días, los documentos devueltos o manipulados y disponer de carros suficientes para su traslado.
El responsable de cada una de las bibliotecas deberá organizar el trabajo de modo que se garantice que la manipulación de libros y otros materiales se realiza por el menor número de trabajadores posibles.
El responsable de cada una de las bibliotecas establecerá una reducción del aforo al treinta por ciento para garantizar que se cumplen las medidas de distancia social.
Para el desarrollo de las actividades previstas en este capítulo, las bibliotecas deberán cumplir las siguientes medidas de higiene y/o prevención:
a) Se llevará a cabo la limpieza y desinfección del centro en los términos previstos en el artículo 6.
b) La organización de la circulación de personas y la distribución de espacios deberá modificarse, cuando sea necesario, con el objetivo de garantizar la posibilidad de mantener las distancias de seguridad interpersonal exigidas en cada momento por el Ministerio de Sanidad.
c) Los lugares de atención al público dispondrán de medidas de separación entre los trabajadores de la biblioteca y los usuarios.
d) Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 24.f), no se desinfectarán los libros y publicaciones en papel.
e) En las zonas de acceso y en los puntos de contacto con el público, se ubicarán dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.
f) En caso de que los visitantes tengan que utilizar los aseos será de aplicación lo previsto en el artículo 6.5.
En cuanto a las medidas de información (art. 25):
[ACTUALIZACIÓN 13/03/2020 13:30]
Medidas adoptadas en relación al servicio prestado en la Oficina de Depósito Legal y Registro de la Propiedad Intelectual
La actividad de la Oficina de Depósito Legal y el Registro de la Propiedad Intelecual de La Rioja se realizará de la siguiente forma:
OFICINA DEL DEPÓSITO LEGAL
Solicitud de depósito:
Entrega de material:
Correo postal.
Información adicional:
Teléfono: 941 29 45 00
Correo electrónico: depositolegal@larioja.org
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Se podrán realizar los registros de forma telemática:
https://sede.mcu.gob.es/rpi4/webpages/publico/certificado.seam
Información adicional:
Teléfono: 941 29 45 00
Correo electrónico: propiedadintelectual@larioja.org
Para más información sobre las medidas adoptadas en la Biblioteca de La Rioja, llama al 941 29 45 00.
[ACTUALIZACIÓN 13/03/2020 13:20]
Medidas adoptadas en relación a los préstamos de materiales en activo durante el cierre provisional de la Biblioteca de La Rioja
Ante la resolución del Gobierno de La Rioja de cerrar provisionalmente la Biblioteca de La Rioja, se establecen las siguientes medidas que afectan a los préstamos de materiales que los usuarios mantegan en activo durante el período de cierre:
LOS USUARIOS PODRÁN DEVOLVER SUS LIBROS, DISCOS Y PELÍCULAS CUANDO SE REESTABLEZCA EL SERVICIO HABITUAL.
NO TENDRÁN SANCIONES.
Para más información sobre las medidas adoptadas en la Biblioteca de La Rioja, llama al 941 29 45 00.
[ACTUALIZACIÓN 12/03/2020 20:00]
La Biblioteca de La Rioja cierra provisionalmente
El Gobierno de La Rioja ha decidido el cierre provisional al público a partir de mañana viernes 13 de marzo de todos los museos, bibliotecas, centros deportivos y culturales de carácter público y dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma. Esta medida incluye, por lo tanto, a la Biblioteca de La Rioja.
Más información en la web actualidad.larioja.org.
Para más información sobre las medidas adoptadas en la Biblioteca de La Rioja, llama al 941 29 45 00.
[ACTUALIZACIÓN 11/03/2020 10:33]
Los servicios de la Bibioteca de La Rioja se reducen al préstamo y devolución de materiales
Desde la Dirección General de Cultura se informa de la medida provisional adoptada, en correlación a la decisión del Consejo de Ministros, de suprimir todos aquellos espectáculos en recintos cuyo aforo es mayor de 1.000 espectadores, y reducir a un tercio la entrada de aquéllos con aforo inferior a esa cifra.
En principio, y con carácter general, el servicio de Bibliotecas queda reducido al servicio público de préstamo, quedando cerradas las salas de lectura y otros servicios
Los servicios prestados en la Biblioteca de La Rioja quedan reducidos exclusivamente al servicio de préstamo y devolución de materiales.
El horario de servicio de préstamo y devolución se realizará sin cambios en los puntos habituales:
Así mismo, está habilitada una máquina de autodevolución en el vestíbulo de la Biblioteca, en funcionamiento durante el horario completo del centro.
Para más información sobre las medidas adoptadas en la Biblioteca de La Rioja, llama al 941 29 45 00.
Información para usuarios de la Red de Bibliotecas Públicas de La Rioja
Si es usuario de alguno de los demás centros que forman parte de la Red de Bibliotecas Públicas de La Rioja, consulte con la biblioteca pública de su municipio para conocer las medidas aplicadas.
Puede localizar la información de contacto de los centros en http://bibliotecas.larioja.org/content/localizacion-de-bibliotecas