Convocatoria de dos becas de formación para la Biblioteca de La Rioja

Convocatoria de Becas formativas para la Biblioteca de La Rioja

Despublicado

Becas de formación para profesionales de Bibliotecas

Resolución 131/2025, de 25 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se convoca por el procedimiento de concurrencia competitiva, dos becas para la formación de profesionales técnicos de bibliotecas, prevista en la Orden 7/2013, de 14 de marzo, de la entonces Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas de formación en archivística y en biblioteconomía (extracto)

de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultar se en la Base de datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/815124).

 Primero. Beneficiarios.

 Podrán ser beneficiarios de estas becas las personas que reúnan las condiciones establecidas en el artículo 4 de la Orden 7/2013, de 14 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas de formación en Biblioteconomía.

 Segundo. Objeto.

 Convocar 2 becas de formación y perfeccionamiento técnico-profesional para titulados de las áreas de conocimiento de biblioteconomía.

Tercero. Cuantía

Por cada becario la cuantía asciende a 9.665,73, al convocarse 2 becas, la cifra asciende a diecinueve mil trecientos treinta y uno con cuarenta y seis euros con (19.331,46€)

 

Aplicación presupuestaria

Cuantía mensual

Cotización S.S.

2024

AÑO

07.02.03.3312.480.00

1.063,91

10,06

1073,97

9.665,73

07.02.03.3312.480.00

1.063,91

10,06

1073,97

9.665,73

Gasto total de la partida 07.02.03.3312.480.00

 

 

 

19.331,46€)

   Este montante es el resultado de suma las compensaciones económicas de 1063,91€ (del que se deducirá la cuota de su contribución a la Seguridad Social y las retenciones de IRPF correspondientes), más 10,06€ mensuales de cotización a la Seguridad Social de la empresa.

 Se pagarán por mensualidades vencidas, sujetas a la correspondiente retención del I.R.P.F y se aplicará la correspondiente retención de Seguridad social, en la parte que corresponda al Becario.

 Cuarto. Plazo de presentación de las solicitudes.

  Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución de convocatoria en el BOR.

 El modelo oficial de solicitud, que se adjunta como Anexo I, está disponible, en el Servicio de Atención al ciudadano

(C./ Beti Jai, Nº 1, de Logroño) o a través de la página web del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org).

 Las solicitudes ajustadas al modelo oficial , podrán encontrarse en la oficina electrónica,  y presentarse en el Registro General de la Comunidad Autónoma de La Rioja o en el resto de lugares previstos en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus organismos públicos y en el artículo 16.4 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 Quinto. Otros datos de interés.

 Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección (Becas para la formación de profesionales técnicos de archivos y bibliotecas (larioja.org)

 Sexto. Documentación y Justificación:

 La justificación de la realización de las actividades becadas deberá llevarse a cabo conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Orden 7/2013, de 14 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas de formación en Archivística y en Biblioteconomía.

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