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Criterios de admisión de donaciones en la Biblioteca de La Rioja

Directrices para la admisión de donaciones en la Biblioteca de La Rioja.

1. Principios Generales
  • La Biblioteca de La Rioja agradece las donaciones de libros y materiales bibliográficos que contribuyan al enriquecimiento de su colección y a la conservación del patrimonio bibliográfico riojano.
  • La aceptación de donaciones está sujeta a criterios técnicos de pertinencia, interés, estado de conservación y adecuación a la política de gestión de la colección.
  • La Biblioteca se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier donación, total o parcialmente, en función de sus necesidades y criterios profesionales.
2. Criterios de Admisión
  • La Biblioteca de La Rioja aplicará los siguientes criterios específicos para la incorporación de donaciones a sus fondos, diferenciando entre monografías y publicaciones periódicas:
2.1. Monografías

Solo se admitirán donaciones de los siguientes materiales:

  • Libros y otros materiales bibliográficos que traten temas relacionados con La Rioja y de los que la Biblioteca no disponga de al menos dos ejemplares.
  • Libros y materiales de autores riojanos de los que no existan al menos dos ejemplares en la colección.
  • Libros y materiales editados en La Rioja de los que no se disponga de al menos dos ejemplares.
  • Libros anteriores a 1958, por su interés histórico y patrimonial.
  • Ediciones de “clásicos” en buen estado físico de los que no se conserve ningún ejemplar en la Biblioteca.
  • Novelas u obras de creación literaria que no tengan más de dos años de antigüedad y de las que no se disponga ningún ejemplar.
  • Obras de ciencias que no superen los tres años de antigüedad y que no estén presentes en el fondo de la Biblioteca.
  • Obras de humanidades y ciencias sociales que no superen los tres años de antigüedad y que no estén presentes en el fondo de la Biblioteca.
2.2. Publicaciones Periódicas

Solo se admitirán donaciones de publicaciones periódicas que cumplan todos los siguientes requisitos:

  • Que la Biblioteca reciba de manera regular los números editados, no aceptándose números sueltos o incompletos.
  • Que las publicaciones sean de interés para los lectores de la Biblioteca.
  • Que no sean publicaciones destinadas a la publicidad o promoción de organizaciones, empresas o particulares.
  • Que dispongan del correspondiente depósito legal.
3. Criterios generales adicionales:
  • Estado de conservación: Solo se aceptarán materiales en buen estado, sin daños graves, humedad, hongos o infestaciones.
  • Originalidad y duplicidad: No se aceptarán materiales ya presentes en el fondo salvo que tengan un valor añadido según los criterios anteriores.
  • Tipo de material: No se aceptan copias no originales, materiales en mal estado o que no se ajusten a la política de la Biblioteca.
  • Para otro tipo de materiales como videograbaciones, Carteles o material gráfico o sonoro se seguirán procedimientos análogos.
  • Propiedad: El donante debe ser el legítimo propietario y ceder los derechos sin condiciones, salvo casos excepcionales
 4. Procedimiento para Proponer una Donación
  1. Relación previa: El donante deberá enviar un listado detallado de los materiales propuestos, incluyendo título, autor, año de publicación, editorial, lugar de edición y estado de conservación.
  2. Revisión y valoración: El equipo técnico de la Biblioteca evaluará la propuesta conforme a los criterios anteriores y comunicará la decisión al donante, pudiendo aceptar una parte de las obras que se ofrecen.
  3. Entrega: Una vez aceptada la donación, el donante podrá entregar los materiales en la sede de la Biblioteca o enviarlos por correo, asumiendo los gastos de envío si corresponde.
  4. Incorporación y destino: Los materiales aceptados pasarán a ser propiedad de la Biblioteca de La Rioja, que podrá decidir su ubicación, uso, conservación, cesión a terceros o expurgo según sus necesidades y la normativa vigente.  Por otra parte, la biblioteca se reserva el derecho a permitir el libre acceso a los materiales donados.
4.1.Trámite Administrativo Específico para Bienes del Patrimonio Cultural Riojano

Cuando la donación propuesta pueda integrar el Patrimonio Cultural Riojano (por su antigüedad, rareza o interés histórico), se sigue el procedimiento administrativo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 11/2005, de 19 de octubre, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de La Rioja:

  • Inicio: La Biblioteca de La Rioja tramita la propuesta de donación conforme al artículo 50.2 de la Ley 11/2005.
  • Informe preceptivo: Se solicita informe preceptivo de la Consejería competente en materia de Hacienda.
  • Competencia para la aceptación:
    • Si la donación incluye bienes inmuebles, la aceptación corresponde a la Consejería competente en materia de Hacienda, previo informe preceptivo de la Consejería competente en materia de Cultura.
    • Si la donación incluye sólo bienes muebles (como libros, documentos, etc.), la aceptación corresponde a la Consejería competente en materia de Cultura (actualmente, la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud), previo informe preceptivo de la Consejería competente en materia de Hacienda.
  • Resolución: Una vez aceptada la donación por el órgano competente, los bienes pasan a formar parte del patrimonio de la Comunidad Autónoma y se incorporan a los fondos de la Biblioteca de La Rioja conforme a la normativa vigente.
5. Consideraciones Adicionales
  • No se aceptarán donaciones anónimas.
  • Las donaciones no aceptadas no serán devueltas salvo acuerdo expreso previo.
  • La Biblioteca podrá orientar a los donantes sobre otros centros o instituciones donde los materiales puedan tener interés si no son admitidos.
6. Normativa de Referencia

Estas directrices se inspiran en las políticas de la Biblioteca Nacional de España y otras bibliotecas regionales, adaptadas a las funciones y procedimientos administrativos específicos de la Biblioteca de La Rioja.

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